publicidad
Cuentas que crean hogar

Quien no tiene una fortuna debe ahorrar durante algunos añitos para comprar la casa de sus sueños... sin embargo, este tiempo de espera puede tener sus ventajas si se cuenta con la información suficiente acerca de las denominadas "cuentas ahorro vivienda", siempre que se trate de la primera adquisición o rehabilitación de un inmueble.
Hay que tener en cuenta un factor muy importante: las cuentas ahorro vivienda no existen como productos financieros, sino que se trata de una cualidad que se puede aplicar a cualquier cuenta de ahorro que se tenga en un banco, caja o entidad financiera.
Ventajas fiscales
Las ventajas fiscales y rentabilidades que se desprenden de esta fórmula de ahorro sólo se pueden aplicar a aquéllas viviendas que vayan a ser residencia habitual del titular o titulares de la cuenta. La ventaja impositiva consiste, en concreto, en desgravar hasta un 15% de las cantidades depositadas en la cuenta del Impuesto de la Renta sobre Personas Físicas (IRPF). O dicho de otro modo, se reduce del pago de impuestos directos hasta un máximo del 15% sobre 9.015,18 €.

Adicionalmente, las entidades, a la caza y captura de ahorradores, ofrecen rentabilidades superiores en los casos en los que se explicite que los ahorros van a gestionarse como cuenta ahorro vivienda, ya que su periodo de vida está garantizado. El interés que producen tributa como rendimientos de capital mobiliario y la retención a cuenta es del 18%. También hay que tener presente que la cantidad a deducir puede variar dependiendo de las Comunidades Autónomas.
La liquidación de los intereses varía según las ofertas de las entidades bancarias: pueden obtenerse al mes, semestralmente o anualmente, con la posibilidad de reinvertirlos o abonarlos en otra cuenta asociada. Todo depende del acuerdo al que se llegue con el banco.
Por lo tanto, aunque ingresemos anualmente una cantidad mayor, el máximo a deducir de la cuota del IRPF nunca podrá superar alrededor de 1.350 €, anualmente, hasta un máximo de cuatro años. Si en este periodo no se adquiere la vivienda, el contribuyente deberá reembolsar a Hacienda las cantidades que le han sido deducidas.
Obligaciones
A nivel fiscal, esto se traduce en que los ingresos que se suman en la cuenta anualmente, y que se deducen en la declaración de la renta como destinados a la adquisición de una vivienda, no pueden "tocarse".
El fisco controla bastante las ansias especulativas de los contribuyentes que deducen ciertas cantidades en su declaración pero, una vez confirman cada 31 de diciembre el dinero ingresado, se dedican a extraer fondos de su cuenta hasta el siguiente fin de año.
No obstante, las entidades financieras no tienen ningún tipo de responsabilidad legal en este sentido, por lo que el cliente asume como riesgo propio ante Hacienda los usos que pueda hacer del dinero que ha declarado como parte de una cuenta ahorro-vivienda.
Otros datos
Otros factores importantes a contemplar son el hecho de que sólo se puede tener una cuenta ahorro-vivienda por persona, y además que los fondos pueden trasladarse de una entidad a otra (no es taxativo que la cuenta ahorro-vivienda abierta en una entidad se mantenga en la misma durante toda su vida como producto de ahorro).
También, en el caso de las parejas, y a pesar de que las cuentas viviendas permiten tener dos titulares, si uno de ellos ya se ha beneficiado de estos depósitos o tiene una vivienda en propiedad no podrá desgravarse en la Declaración de la Renta.
Por lo tanto, lo deseable es comparar todas las ofertas del mercado, ya que la mayoría de las entidades son flexibles con las aportaciones (mensuales o puntuales), y permiten la total disponibilidad del saldo, así como futuras condiciones ventajosas a la hora de contratar la hipoteca con la que comprarán la casa de sus sueños.

