publicidad
Novedades Fiscales y Laborales de 2007

El 1 de enero de 2007 entraron en vigor las nuevas normas fiscales y laborales publicadas en las siguientes leyes: Ley 35/2006 del IRPF, Ley 36/2006 de Prevención del fraude Fiscal; Ley 42/2006 de Presupuestos Generales y RD 1576/2006 de retenciones a cuenta del IRPF. Resumimos aquí las novedades más significativas en materia de IRPF, sociedades, autónomos, laboral y otros temas fiscales.
IRPF
- Todos los rendimientos que tenían antes una retención del 15% pasan al 18%. Entre estos rendimientos se incluyen: los de capital mobiliario (dividendos, intereses de cuentas bancarias, de bonos, etc.); los de ganancias patrimoniales (incremento de patrimonio); los de arrendamiento y subarrendamiento de inmuebles (Ley 35/2006; RD 1576/2006).
- Los dividendos y participaciones en beneficios que, como se ha indicado antes, tributan al 18% estarán exentos en los primeros 1.500 € (Ley 35/2006).
- Todos los productos de ahorro o de inversión tributan al 18% independientemente de su plazo de generación, que anteriormente influía en el tramo de cotizacion (Ley 35/2006).
- Los rendimientos de actividades profesionales y los rendimientos del trabajo derivados de impartir cursos, conferencias, coloquios continúan tributando al 15% (Ley 35/2006; RD 1576/2006).
- Para fomentar el alquiler y en concreto para jóvenes, no tributarán las rentas que reciban los propietarios de inmuebles cuando sean arrendados a menores de 35 años con unos rendimientos netos del trabajo o de actividades económicas en el período impositivo superiores al IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, similar al salario mínimo interprofesional). (Ley 35/2006).
- Las aportaciones anuales máximas a planes y fondos de pensiones aumentan hasta 10.000 € o 12.500 en caso de contribuyentes mayores de 50 años (Ley 35/2006). Anteriormente, era de 8.000 €. El límite se incrementaba en 1.250 € cada año a partir de los 52 años, con el límite máximo de 24.250 € que se alcanzaba a los 65 años.
- A partir de este año también se elimina la reducción del 40% para las rentas cobradas procedentes de planes y fondos de pensiones en forma de capital con pago único. Es decir cuando se cobra todo de una vez al jubilarse. Mantienen la reducción las rentas cobradas mes a mes como si fuera un salario. (Ley 35/2006).
- La deducción por adquisición de vivienda habitual con financiación ajena será del 15%, con un máximo deducible de 9.018,15 €. Anteriormente los tres primeros años tras la adquisición tenían unas deduciones mayores (entre el 25% y el 20%). (Ley 35/2006).
- Las cantidades percibidas como consecuencia de la venta de la vivienda habitual por mayores de 65 años o en situación de dependencia severa o gran dependencia, no tendrán la consideración de renta. (Ley 35/2006).
SOCIEDADES Y AUTÓNOMOS
- Se rebaja el tipo de gravamen general (el porcentaje que grava a los beneficios de la empresa), que será del 32,5% para los períodos impositivos iniciados a partir de 2007, y del 30 % para los iniciados a partir de enero de 2008. (Ley 35/2006).
- El tipo de gravamen para el primer tramo de la base imponible de las empresas de reducida dimensión (de hasta una facturación de 1 millón de €) pasa del 30 al 25% a partir de enero de 2007 (Ley 35/2006).
- A partir de 2007 se suprime el régimen especial de las Sociedades Patrimoniales que a partir de este momento tributan como cualquier otra sociedad. (Ley 35/2006).
- A partir de 2007 se eliminan las deducciones por inversiones para implantar empresas en el extranjero (Ley 35/2006).
- Se establecen limitaciones a la deducción por reinversión de beneficios extraordinarios (aquellos producidos fuera de la actividad ordinaria de la empresa) para asegurar la inversión en actividades productivas (Ley 35/2006).
- Los autónomos que tributen en régimen de estimación objetiva o en módulos, deberán aplicar una nueva retención a cuenta del 1% a los rendimientos de determinadas actividades económicas. De esta forma se intenta evitar el fraude de compra de facturas. Las actividades afectadas serán las de confección, carpintería, impresión de textos y en general las que correspondan a las siguentes tarifas IAE: 314, 315, 316,2-3-4-9, 453, 463, 468, 474.1, 501.3, 504.1 a 8, 505,1 a 7, 722, 757. Esto no se aplicará hasta que haya transcurrido el mes siguiente a la publicación de la Orden que regula los módulos de 2007, todavía pendiente de publicación (Ley 35/2006; Ley 36/2006; RD 1576/2006).
SOCIAL Y LABORAL:
- Los contratos indefinidos con trabajadores de 59 o más años de edad que tengan una antigüedad de 4 o más años en la empresa, dan derecho a reducción del 40% de la aportación empresarial por contingencias comunes a la Seguridad Social, salvo por IT (Incapacidad Transitoria), durante 1 año (Ley 42/2006).
- El Salario Mínimo Interprofesional para 2007 queda fijado en 19,02 €/día o 570,60 €/mes (RD 1632/2006 – BOE 30-12-2006).
- La bonificación del 50% en la cotización de las personas con discapacidad que se establezcan como trabajadores por cuenta propia se aplicará durante los 5 primeros años siguientes a la fecha de alta (antes 3) (Ley 43/2006).
OTROS TEMAS:
- Las escrituras notariales de actos y contratos sobre bienes inmuebles tendrán que contener el NIF y los medios de pago empleados para poder ser inscritos en el registro (Ley 36/2006).
- Obligación de consignar la referencia catastral en los contratos de suministro de energía eléctrica y de arrendamiento o en los de cesión de uso de bienes en el momento de la firma (Ley 36/2006).
- No se tramitarán los cambios de titularidad de vehículo sin acreditar el pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica del año anterior (Ley 36/2006).
- IRNR (Impuesto sobre la Renta de No Residentes): la retención del 5% para transmisiones de bienes inmuebles sitos en territorio español a contribuyentes sin establecimiento permanente disminuye al 3% (Ley 35/2006).
- El interés legal del dinero hasta 31-12-2007 se fija en el 5% y el interés de demora a que se refiere el Art.26.6 de la Ley 58/2003, General Tributaria, se fija en el 6,25% (Ley 42/2006).
- El programa PREVER para la modernización del parque de vehículos automóviles dejará de aplicarse a partir del 01-01-20007 a los turismos nuevos de cilindrada igual o superior a 2.500 cc y a los vehículos usados. También dejará de aplicarse «Programa PREVER-gasolina». Es decir sólo permanece el plan prever a vehículos diesel de menos de 2.500 cc. (RD- Ley 13/2006).